sábado, 14 de julio de 2012

CENTRAL HIDROEÓLICA Y ESTACIONES DE BOMBEO EN LA PALMA

La idea de crear una central hidroéolica en La Palma, al estilo del proyecto de El Hierro, hace ya algún tiempo que nuestros gobernantes la están haciendo circular por los medios de comunicación.

Se trataría de un sistema que permitiera aprovechar la energía producida por los parques eólicos y por los fotovoltaicos para bombear agua desde el mar o desde un depósito situado a cota baja hasta una balsa situada a la mayor altitud posible. En aquellos momentos en los que los parques eólicos y fotovoltaicos no produjeran energía suficiente para cubrir la demanda, se soltaría agua de esa balsa para dejarla caer en una turbina y producir energía. 

La verdad que este proyecto en el papel (como la mayoría de ideas en este formato) queda muy bonito. Ante esta situación surgen preguntas que ningún gobernante va a responder. Si declaran que necesitan este sistema para almacenar la energía producida, ¿qué se ha estado haciendo hasta ahora con la energía generada por los parques eólicos de Juan Adalid, Fuencaliente y Mazo? ¿Se estaba tirando? ¿Qué responsable político le va a explicar a los vecinos de Juan Adalid que la energía que han estado produciendo los ruidosos y molestos molinos que tienen a 50 metros de sus casas no se utilizaba para absolutamente nada? Con razón se explica que desde hace mucho tiempo nunca están todos los molinos funcionando simultáneamente, al fin, qué más da que estén funcionando como que no. Se ve que para las empresas y para el Gobierno de Canarias ha sido rentable instalar y mantener parques eólicos aunque la energía que produzcan no se utilice para nada.
¿Se instalará el parque eólico en Salvatierra antes de tener construida la central hidráulica dónde almacenar la energía que produzca? ¿Se repetirá la historia de nuevo en Garafía? ¿Situarán un parque eólico en medio de los vecinos de Salvatierra, que en la práctica los obligará a abandonar sus viviendas y su modo de vida, para tirar la energía que produzca? Entonces, ¿dónde está el negocio en todo esto?

Fíjense cómo de pensadas tienen las cosas nuestros gobernantes y las empresas que, como es normal cuando hablamos de dinero, se colocan lo más cerca posible del sol que más calienta, que en el Estudio de Impacto Ambiental del parque eólico de Salvatierra se nombra en dos ocaciones este proyecto de la central hidroeólica. Incluso se nombra a la empresa en cuestión. Y los políticos pretenden dar a entender y hacernos creer que lo están empezando a estudiar ahora.


En la página 127 del estudio de impacto ambiental del parque eólico de Salvatierra aparece:


En la página 348 del estudio de impacto ambiental del parque eólico de Salvatierra aparece:

Tres noticias relacionadas con el tema de la central hidroeólica en nuestra isla pueden consultarlas en:
 

http://www.diariodeavisos.com/2011/12/13/actualidad/estudian-la-viabilidad-de-una-central-hidroelectrica/


http://www.diariodeavisos.com/2012/01/30/actualidad/apuesta-firme-de-industria-por-la-energia-hidraulica-en-la-palma/


http://www.diariodeavisos.com/2012/07/06/actualidad/la-futura-estacion-de-bombeo-potenciara-las-energias-limpias/



















sábado, 7 de julio de 2012

MODIFICARON LA LEY PARA FACILITAR LA DECLARACIÓN DE LOS PARQUES EÓLICOS COMO OBRAS DE INTERÉS GENERAL

En enero de 2011 la Consejería de Industria y Energía, de nuestro actual Gobierno de Canarias, modificó dos leyes para facilitar a dicho gobierno las gestiones para la declaración de los parques eólicos como obras de interés general.

Las dos leyes modificadas son, la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, que establece la regulación sector eléctrico canario y la Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las directrices de ordenación general y las directrices de ordenación del turismo en Canarias.


El artículo primero de esta nueva ley modifica el Procedimiento excepcional para obras de interés general para el suministro de energía eléctrica. El Gobierno de Canarias ha legislado para dejar en sus manos la decisión de la declaración de interés general y para desarmar los posibles argumentos planteados por los ciudadanos y las demás administraciones.


 
 El texto completo del citado artículo primero es el que aparece a continuación. Juzgue usted mismo.

1. Cuando razones justificadas de urgencia o excepcional interés aconsejen la modernización o el establecimiento de instalaciones de generación, transporte o distribución eléctrica, la consejería competente en materia de energía podrá declarar el interés general de las obras necesarias para la ejecución de dichas instalaciones.

2. Los proyectos de construcción, modificación y ampliación de las instalaciones a que se refiere el apartado anterior, se someterán a un régimen especial de autorización y no estarán sujetos a licencia urbanística ordinaria o a cualquier otro acto de control preventivo municipal o insular. No obstante, serán remitidos al ayuntamiento por el órgano competente para su autorización y también al cabildo insular correspondiente para que, en el plazo de un mes, informen sobre la conformidad o disconformidad de tales proyectos con el planeamiento territorial o urbanístico en vigor, transcurrido el cual se entenderá evacuado el trámite y continuará el procedimiento.

La conformidad municipal llevará implícita la autorización especial a que se hace referencia en el párrafo anterior.

3. En caso de disconformidad con el planeamiento o en ausencia de éste, se elevará el proyecto al Gobierno de Canarias, el cual decidirá si procede o no su ejecución y, en el primer caso, precisará los términos de la ejecución y ordenará la iniciación del procedimiento de modificación o revisión del planeamiento territorial o urbanístico.

4. La conformidad de las administraciones públicas consultadas o, en su defecto, el acuerdo favorable del Gobierno de Canarias al que se refiere el apartado anterior, legitimarán por sí mismos la ejecución de los actos de construcción, edificación y uso del suelo incluidos en los correspondientes proyectos de instalaciones de generación, transporte y distribución, sin necesidad de ningún otro instrumento de planificación territorial o urbanística y tendrán el carácter de autorización especial equivalente a la licencia urbanística municipal, a los efectos de lo previsto en el artículo 100.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, con relación al devengo y a la liquidación municipal de oficio o a la autoliquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.


  
El contenido completo de la nueva ley puede consultarlo en el BOC y en el BOE:

http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2011/025/001.html
http://www.boe.es/boe/dias/2011/02/12/pdfs/BOE-A-2011-2710.pdf


La noticia de esta modificación puede consultarla en:
http://ww.canariassocial.com/canarias/economia/item/14403-luengo-anuncia-que-los-parque-e%C3%B3licos-canarios-ser%C3%A1n-de-inter%C3%A9s-general-para-desbloquear-su-instalaci%C3%B3n

http://www.europapress.es/islas-canarias/noticia-consejeria-canaria-industria-declara-parques-eolicos-interes-general-desbloquear-instalacion-20111220141128.html

¿LA ENERGÍA RENOVABLE PRODUCIDA EN LA PALMA SE PODRÍA ESTAR TIRANDO?


El pasado 5 de julio la Sra. Viceconsejera de Industria del Gobierno de Canarias, Dña. Francisca Luengo, visitó a los responsables  del Cabildo de La Palma para presentar un nuevo proyecto de aprovechamiento de las energías renovables basado en la combinación de energía eólica y fotovoltaica con el bombeo de agua para acumularla en balsas.
En la nota recogida sobre la noticia de la visita de nuestra Viceconsejera recogida en “La Voz de La Palma” y en “Canarias actual” se indica que en el sistema energético de Canarias sucede actualmente, entre otras cosas, lo siguiente:
1) Son siete sistemas aislados, por tanto son débiles, porque a diferencia con otros territorios peninsulares, no se pueden ayudar entre ellos en caso de apagones, porque no están conectados en red.

2) La poca potencia de energía eólica que hemos instalado en los parques eólicos que están en marcha se pierde cuando el viento sopla en exceso porque no la podemos almacenar.

Sí, tan sencillo y tan drástico. La ‘carretera’ por la que circula la energía convencional, la que transportamos cuando quemamos fueloil en las centrales, no puede ‘atragantarse’, es decir, tenemos que transportar justo la cantidad de energía que demandan los ciudadanos en ese momento.

Cuando sopla mucho viento, y hay que tener en cuenta que el viento es intermitente, se genera mucha energía eólica que NO se puede conectar a la red para que circule por las ‘carreteras’ porque las atascaría, y por eso hay que tirarla.

Respecto al punto 2.
Resulta que los parques eólicos ya instalados, por ejemplo el de Juan Adalid, cuando sopla mucho el viento, que en esta zona suelen ser muchos meses al año, producen demasiada energía y, por tanto, dicha energía para evitar un problema eléctrico no se puede verter en la red eléctrica, sino que se ha estado tirando.
¡Impresionante! ¿Cómo no le cuentan esto a los vecinos de Juan Adalid que han soportado el funcionamiento de un parque eólico a 50 metros de sus casas desde 1994? ¿Cómo no le cuentan que a los ciudadanos que han aguantado y siguen soportando un ruido permanente y machacón para que una buena parte de la energía producida por los molinos no se utilice absolutamente para nada? ¿Cómo se explica que se instalen parques eólicos para después tirar la energía producida? Y encima con el agravante de situarlos al lado de las residencias habituales de las personas.

Respecto al punto 1.
Cuando comenzó a difundirse el nuevo plan energético insular algunas personas decían que no se alarmaran los ciudadanos porque sólo eran previsiones. Añadían que cómo se iban a instalar tantos molinos y tantas placas solares, si eso produciría más energía que la central de Los Guinchos y mucha más de la que la isla previsiblemente puede necesitar.
Aquí, en el texto del punto 1, tienen una posible réplica a su postura. El plan de los que nos gobiernan es que La Palma pueda enviar la energía que se produzca aquí a otras islas. Esto podría traducirse en convertir, por ejemplo, las costas de Garafía en un inmenso parque eólico y en ocupar una buena parte del resto del municipio con placas solares para enviar la energía a otras zonas de Canarias que, por motivos políticos, turísticos, económicos, poblacionales… no estén dispuestas a verse afectadas por la instalación de energía eólica ni fotovoltaica en su entorno.
Las noticias recogidas en “La Voz de La Palma” y en “Canarias actual” puedes consultarlas en:

martes, 3 de julio de 2012

EL PARQUE EÓLICO EN CANAL 11 RADIO EL 3 DE JULIO DE 2012

Durante la mañana del día 3 de julio se debatirá en Canal 11 Radio sobre la polémica instalación del parque eólico Garafía II en la zona de Salvatierra. Esperamos que en el debate estén presentes los perjuicios que para la población de la zona y del casco urbano de Garafía tiene su instalación y la relación de este proyecto con el Plan Energético Insular desarrollado por el Cabildo. Invito a todas las personas interesadas a seguir con atención la emisión.
Primero debemos informarnos y cuando tengamos las cosas un poco más claras movilizarnos con argumentos y con la fuerza que da la verdad y la lucha por una solución más justa para todos. 

Puedes escuchar el programa en el siguiente enlace:

https://www.box.com/s/98ecb7da61adc6117d5c